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Apropiación cultural: ¿Qué es y cómo evitarla?

  • marzo 18 2024
  • María Loreto Eyzaguirre
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Melipilla es un pueblo ubicado en la zona central de Chile, que tiene una conocida tradición local en alfarería: la "Alfarería de Pomaire". Hace unas semanas, varios medios difundieron el reclamo realizado por el Municipio de Melipilla, respecto de un producto comercializado por una tienda de retail  especializada en decoración "CasaIdeas", que posee tiendas en Chile, Bolivia, Perú, Colombia y México. Este producto era un macetero de cerámica con forma de chancho, similar al famoso chanchito de greda de la tradición de "Alfarería de Pomaire", protegida por el programa estatal Sello Origen bajo esa denominación de origen. Según la información de venta, el macetero era fabricado en China y diseñado por CasaIdeas. El reclamo de la Municipalidad argumentaba que esto "implica una desvalorización del trabajo artesanal en desmedro de piezas fabricadas en masa, lo que perjudica a los productores locales”. A pesar de que la tienda retiró el producto de su venta, esta situación es común y me brinda la oportunidad de reflexionar sobre la apropiación cultural, un asunto que abarca diversas disciplinas como la antropología, la sociología, la filosofía y el Derecho, por lo tanto, es un tema que puede ser explorado desde múltiples perspectivas. En este artículo, analizaré la apropiación cultural desde el punto de vista de la Propiedad Intelectual, investigando qué implica realmente la apropiación cultural y cómo podemos proteger las expresiones culturales tradicionales.

Apropiación cultural

Expresiones Culturales Tradicionales

        La Propiedad Intelectual  se encarga de proteger la creatividad resultante de la mente humana. La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), de la cual Chile es miembro, aborda las carencias en la protección de las expresiones culturales tradicionales en el documento "Proyecto actualizado de análisis de las carencias en la protección de las expresiones culturales tradicionales". Este organismo distingue entre los conocimientos tradicionales (CCT) y las expresiones culturales tradicionales (ECT), que abarcan una amplia gama de manifestaciones tangibles e intangibles de la cultura, como la música, las artes visuales, las narrativas y las prácticas arquitectónicas.

         Los conocimientos tradicionales y las expresiones culturales tradicionales, son a menudo asociados con los pueblos indígenas u originarios, sin embargo también incluye comunidades locales no indígenas, la OMPI señala que los CCT son un “cuerpo vivo de conocimientos creado, mantenido y transmitido de una generación a otra dentro de una comunidad, y con frecuencia forma parte de su identidad cultural o espiritual”. Mientras las expresiones culturales tradicionales (ECT), representan la forma creativa en la que se manifiestan estos conocimientos y prácticas culturales, y pueden incluir música, arte, artesanías, palabras, actuaciones y diseños arquitectónicos, entre otros. El adjetivo “tradicional”, se utiliza para indicar que este conocimiento o expresión tiene su origen, preservación y difusión con una determinada comunidad, es decir lo vincula con una comunidad específica.

Uso Indebido o Inapropiado | Apropiación Cultural

            La apropiación cultural es según el Diccionario de Cambridge es “el acto de tomar o usar cosas de otra cultura que no es la propia, sin mostrar que entendemos o respetamos esta cultura”. Se diferencia de la aculturación, en que este es un proceso de adaptación a una nueva cultura, y de la asimilación, en que este implica la adopción de los valores y creencias de otra cultura. 

            Si bien la propiedad intelectual considera que las tradiciones culturales son de dominio público, esto se debe a que se reconoce que todos deben tener acceso a su cultura como forma de expresión del individuo. El problema surge cuando estas tradiciones son empleadas de forma inapropiada, irrespetuosa o indebida.

             Dentro del "Programa de Trabajo sobre Propiedad Intelectual y Expresiones Culturales Tradicionales", la OMPI se enfoca en el uso o la apropiación indebida de estas expresiones, refiriéndose a aquellas acciones que se llevan a cabo sin el debido permiso o reconocimiento por parte de las comunidades de origen.y también en su prevención  Señala que en este contexto, el hecho de que estas expresiones sean de dominio público no equivale necesariamente a que sean "accesibles públicamente". La moda es el campo donde más se discute la apropiación cultural en relación a la propiedad intelectual, marcas y casas de moda reconocidas han sido señaladas por este tipo de acciones, como el caso ocurrido en 2012 con la marca de ropa estadounidense "Urban Outfitter". Utilizaron patrones del pueblo originario Navajo en el diseño de prendas y artículos, e incluso usaron su nombre como marca para etiquetar productos que incluían una "petaca" o licorera, lo cual resultó altamente ofensivo debido a la prohibición de consumo de alcohol por parte de la Nación Navajo. Sin embargo, es importante destacar que esta problemática no se limita solo a este ámbito, sino que se extiende a otras áreas.

Protección de las Expresiones Culturales Tradicionales (ECT)

         La protección de las expresiones culturales tradicionales busca salvaguardarlas contra su uso o apropiación indebidos, como su copia, transformación o utilización no autorizada por parte de terceros. Puede implicar el reconocimiento y ejercicio de derechos exclusivos, como impedir ciertos usos por parte de terceros. Esto puede incluir derechos de autor, diseños industriales, marcas, indicaciones geográficas y protección contra la competencia desleal. 

La OMPI reconoce “los derechos de las comunidades locales y los pueblos indígenas de mantener, controlar, proteger y desarrollar la propiedad intelectual que poseen en su patrimonio cultural,  en el que quedan comprendidas sus expresiones culturales tradicionales”.

       En Chile, el programa "Sello de Origen" es un ejemplo de esta protección a través del uso de la Propiedad Industrial. Es una marca de certificación que busca preservar y estimular formas específicas de manufactura de determinados oficios tradicionales y productos. Iniciativa del Ministerio de Economía, y el Instituto de Propiedad Industrial (INAPI), busca la protección de los productos típicos chilenos mediante el registro derechos de Propiedad Industrial, que consisten en Marcas Colectivas, Marcas de Certificación (MC), Indicaciones Geográficas (IG) y Denominaciones de Origen (DO), dependiendo del producto de que se trate.

Algunos ejemplos de sello origen otorgados:

Denominación de Origen Indicaciones Geográficas Marcas de Certificación

Sal de Cahuil - B. Lo Valdivia

Orégano de la Precordillera de Putre Joya Negra del Pacífico
Loza de Pilén Dulces de la Ligua Esencia de Huasco Alto (Pajarete)
Alfarería de Pomaire Dulces de Curacaví Manos de Isla Negra

 

              En el caso de nuestro chanchito de pomaire, está protegido por una denominación de origen (DO) “Alfarería de Pomaire”, la DO es un signo distintivo de un producto originario del país, región o localidad, cuya calidad o reputación u otra característica está vinculado a su origen geográfico, y considera también otros factores naturales y humanos que inciden en las características que tiene el producto, esta protección le otorga un monopolio de uso a sus beneficiarios, y que ante una infracción faculta a su titular para recurrir de competencia desleal por ejemplo. Este programa fue presentado oficialmente el año 2012 en el lugar que inspira este post Pomaire, y beneficia tanto a productores como consumidores:

  • Fomenta la productividad, promoviendo sistemas asociativos entre los distintos productores (la unión hace la fuerza).
  • Fomenta el vínculo afectivo con “lo nuestro”, destacando nuestras tradiciones.
  • Es una protección fundamental frente a la competencia desleal. Es esta herramienta, la utilización de los principios relativos a la competencia desleal los que se debe utilizar para luchar contra la apropiación indebida de la reputación asociada a las ECT 
  • Favorece la trazabilidad y la transparencia con el consumidor en cuanto adquiere un producto de características específicas, valorando lo único y distintivo
  • Fomenta el turismo, ya que vincula al producto con un determinado territorio.

           artifactLa apropiación cultural es un tema complejo que abarca diversas industrias y disciplinas. En mi opinión, es alentador ver que CasaIdeas tomó la decisión acertada de retirar el producto, demostrando así un respeto por la Propiedad Intelectual. En general, las empresas que operan de manera ética y responsable suelen cumplir con las normas de protección de la propiedad intelectual, mientras que aquellas que no lo hacen, afortunadamente contamos con herramientas para defendernos.

                He tenido la fortuna de participar en diversos proyectos donde he explorado y brandeado o promocionado la esencia de "lo latino" o "latinoamericano", colaborando estrechamente con comunidades que preservan técnicas y saberes ancestrales, los cuales corren el riesgo de desaparecer si no se les brinda el reconocimiento que merecen. Es muy importante reconocer y respetar las expresiones culturales de cada comunidad,  no sólo es un problema ético, sino que también tiene un impacto económico y social. Respetar la Propiedad Intelectual de las ECT demuestra nuestro compromiso con la protección de las tradiciones y sus conocimientos, permite una diversidad cultural apreciada y celebrada en toda su riqueza y autenticidad. Es fundamental que tanto los consumidores como los creadores sean conscientes de las implicaciones éticas y legales de la apropiación cultural, para así promover un ambiente de colaboración y aprecio por la diversidad cultural en todas sus formas.

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Foto de Finan Akbar en Unsplash

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